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Nueva regulación del servicio del hogar familiar

El Real Decreto–ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas...

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Preguntas Frecuentes

Resolvemos las dudas más habituales de nuestros clientes

¿Qué actividades están incluidas dentro del trabajo de una persona empleada del hogar?

• Tareas domésticas.
• Cuidado o atención de los miembros de la familia.
Otros trabajos tales como guardería, jardinería, conducción de vehículos, cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas

¿Es obligatorio tener un contrato de trabajo para una empleada del hogar?

Si los servicios prestados van a durar más de 4 semanas se deben reflejar las condiciones laborales en un documento escrito y firmado.
Forma del contrato: La forma del contrato de trabajo se ajustará a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores. Salvo prueba en contrario, en defecto de pacto escrito, el contrato de trabajo se presumirá concertado por tiempo indefinido y a jornada completa.

¿Quién debe tramitar el alta, el empleador o el trabajador?

Corresponde siempre al empleador en caso de que el trabajador preste servicio en varios hogares corresponde a cada uno de los distintos empleadores.
El Empleador es la persona encargada de tramitar el alta e ingresar las cuotas a la Seguridad Social.
TERCIA puede tramitarlo en nombre del empleador/a siempre que nos autorice el empleador/a , para ello debe firmar dicha autorización.
A partir del día 1 de enero de 2023, las personas empleadoras asumirán las obligaciones en materia de cotización con relación a las personas trabajadoras al servicio del hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales y que hubieran acordado con la trabajadora la asunción de estas obligaciones en materia de encuadramiento y cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social. A estos efectos, las personas empleadoras deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, durante el mes de enero de 2023, los datos necesarios para el cálculo y el pago de las cuotas de la Seguridad Social, y en especial los datos bancarios precisos para el pago de las cotizaciones, así como la entidad gestora o en su caso colaboradora de la Seguridad Social por la que optan a efectos de la cobertura de las contingencias profesionales.

 

¿Qué documentación se necesita si se pretende contratar a una persona extranjera como empleada del hogar?

Además de contar con su documento de identidad del empleador, número de la SS de la trabajadora, un contrato de trabajo que refleje la jornada y el salario, el IBAN de la cuenta corriente en la que se va a domiciliar los pagos, el mandato SEPA, el permiso de trabajo para trabajadores extracomunitarios, se necesitará:
El Número de Identificación de Extranjero si se trata de una persona del Espacio Económico Europeo o Suiza.
Una autorización temporal de residencia con permiso de trabajo en vigor o una autorización de residencia de larga duración.
Se solicita en las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

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