BASES DE COTIZACIÓN EMPLEADOS DEL HOGAR

A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2023

«BOE» núm. 308, de 24 de diciembre de 2022. LPGE 2023

Artículo 122. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2023.

Cuatro. Cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social. En este sistema especial, las bases y los tipos de cotización serán, a partir del 1 de enero de 2023, los siguientes:

 

TRAMO

Retribución mensual €/mes

Base de cotización €/mes

1.°

Hasta 269,00

250,00

2.°

Desde 269,01 hasta 418,00

357,00

3.°

Desde 418,01 hasta 568,00

493,00

4.°

Desde 568,01 hasta 718,00

643,00

5.°

Desde 718,01 hasta 869,00

794,00

6.°

Desde 869,01 hasta 1.017,00

943,00

7.°

Desde 1.017,01 hasta 1.166,669

1.166,70

8.°

Desde 1.166,67

Retribución mensual.

1. Cotización por contingencias comunes: sobre la base de cotización que corresponda será del 28,30 % [23,60 % a cargo del empleador y 4,70 % a cargo del empleado]

2. Cotización por desempleo:

a. Contratación de duración indefinida: 7,05 % [5,50 % será a cargo del empleador y el 1,55 % a cargo del empleado].

b. Contratación de duración determinada: 8,30 % [6,70 % será a cargo del empleador y el 1,60 % a cargo del empleado].

3. Contingencias profesionales y enfermedades profesionales: sobre la base de cotización que corresponda, (1,50 %), siendo lo resultante a cargo exclusivo del empleador.

4. FOGASA: 0,2 % .